RSC

Cómo cumplir la LGD a través de un Centro Especial de Empleo

18 de

julio

de 2023

Cómo cumplir la LGD a través de un Centro Especial de Empleo

El 4 de diciembre de 2013 entró en vigor la Ley General de Discapacidad (LGD), normativa de obligado cumplimiento en el territorio nacional para aquellas empresas que tengan en su plantilla más de 50 trabajadores. Esta Ley indica, en su Artículo número 42, que las empresas públicas y privadas deben destinar el 2% de su plantilla a personas con discapacidad, siempre que el total de sus trabajadores supere el medio centenar de empleados. Además, indica que el porcentaje de discapacidad de estos trabajadores debe ser igual o superior al 33.

Para realizar el cálculo de los trabajadores de tu empresa, tendrás que realizar la siguiente operación:

  • Todos los trabajadores con un contrato superior a 1 año de duración contarán como trabajadores fijos.
  • Los trabajadores temporales, o aquellos que todavía no tengan un año completo trabajado, contarán de la siguiente forma:
    • Cada 200 días trabajados será una persona más en la plantilla.
    • En estos 200 días se contabilizarán los trabajados, los de descanso, las vacaciones y los días festivos.

Una vez realizado el cálculo del número total de la plantilla, únicamente faltará conocer el porcentaje para saber cuántos puestos de trabajo se deben destinar a personas con diversidad funcional.

Certificado de Excepcionalidad, quién puede solicitarlo y cómo hacerlo

La Ley General de Discapacidad también establece una serie de excepciones que pueden darse en las empresas y por las cuales se puede llegar al cumplimiento de la misma sin la necesidad de contratar personas con discapacidad.

Existen dos supuestos en el que la empresa puede no cumplir con el 2% de reserva:

  • Imposibilidad de cubrir el puesto de trabaja ofertado. Esto quiere decir que la empresa no ha encontrado al candidato para cubrir el puesto de trabajo, a través de la publicación de ofertas en los servicios de empleo o en agencias de colocación, o que no existen personas interesadas en ese puesto de trabajo.
  • Causas de fuerza mayor. La empresa puede alegar causas de carácter productivo, organizativo o económico que le impidan cumplir con la cuota de reserva dentro de su plantilla.

En el momento en el que en una empresa sucede uno de los dos supuestos arriba descritos, se debe solicitar el Certificado de Excepcionalidad, siguiendo los siguientes pasos:

  • Presentación en el Servicio de Empleo la “Declaración de Excepcionalidad” y solicitar el Certificado de Excepcionalidad, así como la autorización para acogerse a las medidas alternativas. Se debe realizar el trámite en la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Esperar la resolución, que será realizada en el plazo máximo de dos meses. En el caso de silencio se considerará autorizada.
  • Una vez autorizado, llevar a cabo la medida alternativa.
  • Tener en cuenta que el Certificado caduca a los tres años, posteriormente hay que renovarlo mediante el mismo procedimiento.

Cuáles son las medidas alternativas a la contratación de personas con diversidad funcional

Una vez conseguido el Certificado de Discapacidad, existen una serie de medidas alternativas a las que acogerse:

  • Donación o acción de patrocinio: siempre de carácter monetario y a fundaciones o asociación de carácter público con el objetivo de favorecer la inclusión laboral, la formación o la creación de empleo para personas con diversidad funcional.
  • Contratación de un CEE para suministro: celebración de un contrato civil o mercantil con un Centro Especial de Empleo o un trabajador autónomo con discapacidad superior al 33% para el suministro de artículos o bienes necesarios para el normal funcionamiento de la empresa que solicita esta medida alternativa.
  • Contratación de un CEE para prestación de servicio: celebración de un contrato civil o mercantil con un Centro Especial de Empleo o un trabajador autónomo con discapacidad superior al 33% para la prestación de servicios y accesorios necesarios para el normal funcionamiento de la empresa que solicita esta medida alternativa.
  • Enclave laboral: celebración de un contrato por obra y servicio entre un Centro Especial de Empleo y una empres ordinaria para fomentar la inclusión en el mercado laboral ordinario de personas con discapacidad. Los trabajadores del CEE realizan su trabajo de manera temporal en la empresa, obteniendo experiencia laboral y pudiendo en el futuro pasar a formar parte de la plantilla de la misma.

Todas las medidas alternativas pueden ser utilizadas de manera única o pueden ser elegidas varias y realizar contratos y donaciones de manera simultánea, dando acceso a diferentes proveedores y donatarios siempre que se cumpla finalmente con la cuota necesaria.

Cómo cumplir con la Ley General de Discapacidad a través de la contratación de la ropa de trabajo con Motiva CEE

La elección de la medida alternativa de suministro a través de un Centro Especial de Empleo incluye a Motiva CEE como una de las posibles empresas que puede ofrecer la ropa de trabajo para las empresas que necesiten cumplir con la LGD a través de las medidas alternativas. Los pasos para el cumplimiento de La Ley serán los siguientes:

  • Cálculo del importe necesario para cumplir con la LGD a través de las medidas alternativas: en este caso, el importe mínimo que se debe invertir es el resultante de multiplicar tres veces el IPREM por cada persona con diversidad funcional que se deje de contratar.
    • Por ejemplo, si en la empresa no existe ninguna persona con discapacidad, el resultado será el siguiente: 0,02 x trabajadores totales de la empresa x 3 x IPREM.
    • El IPREM cambia cada año y se refleja en la Ley General de Presupuestos Generales del Estado.
  • Realización de un contrato mercantil en el que se muestre la relación entre la empresa y Motiva CEE y la acción de compra de ropa de trabajo que se va a realizar.
  • Presentación de una memoria anual detallando en que forma se ha cumplido la medida alternativa a través de la contratación del suministro de vestuario laboral en un Centro Especial de Empleo.
  • La empresa puede solicitar un certificado a Motiva CEE en el que se detalla el importe total que se ha invertido en el Centro Especial de Empleo, necesario para presentar la memoria anual.