El 4 de diciembre de 2013 entró en vigor la Ley General de Discapacidad (LGD), normativa de obligado cumplimiento en el territorio nacional para aquellas empresas que tengan en su plantilla más de 50 trabajadores. Esta Ley indica, en su Artículo número 42, que las empresas públicas y privadas deben destinar el 2% de su plantilla a personas con discapacidad, siempre que el total de sus trabajadores supere el medio centenar de empleados. Además, indica que el porcentaje de discapacidad de estos trabajadores debe ser igual o superior al 33.